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El profesional de la salud quedara eximido de requerir el consentimiento informado al realizar exposiciones con
fines académicos.
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El consentimiento informado no podrá ser de carácter verbal.
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Sin autorización del paciente, la información sanitaria solo podrá ser brindada a su cónyuge o conviviente.
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El paciente tiene derecho a no recibir la información sanitaria vinculada a su salud.
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